Decreto de conmoción interior ante el paro del sector judicial sería exagerado según varios sectores políticos.


por redacción rpasur


A los 36 días de iniciado el cese de actividades del sector judicial de Colombia, el gobierno nacional decide expedir un decreto de conmoción interior que brinda una serie importante de atribuciones en materia de justicia al poder ejecutivo, esta medida segun varios sectores de la oposición, no es procedente ya que existen otros mecanismos que se pudieron poner en práctica.


El argumento central del gobierno, según el comunicado leido por el propio presidente Álvaro Uribe es que: “como consecuencia del cese de actividades de la Rama Judicial, han quedado en libertad más de 2 mil 720 personas capturadas por la sindicación de delitos de homicidio, lesiones personales, hurto y tráfico de estupefacientes, entre otros, según informe de la Policía Nacional”. Partiendo de la base que un cese de actividades es en escencia un mecanismo de presión que precisamente busca lograr la resolución de las peticiones del sector en huelga, la opción menos adecuada para resolver el conflicto generado, es precisamente desconocerlo y generarle un contrapeso de la magnitud de un decreto de conmoción interior.


Desde el mismo día 9 de Octubre, en que fue dado a conocer, dicho decreto ha generado diversas reacciones, el Polo Democrático Alternativo en un comunicado considera que la 'Declaratoria de Conmoción es inconstitucional e inoportuna', y plantea la posibilidad de recurrir a otras figuras constitucionales, como es el caso de la Emergencia Judicial, pues la sustentación jurídica de un decreto de conmoción interior de acuerdo a la misma Constitución Política en su artículo 213 viene determinada a partir de 'una grave perturbación del orden público', situación que hasta el momento no ha ocurrido y no se percibe como inminente de acuerdo a las declaraciones del Polo.


Un elemento que se ha prestado a diversas opiniones es el hecho de considerar el paro judicial y sus consecuencias como una 'grave perturbación del orden público' y no como una situación delicada desde el punto de vista exclusivo de ese sector y de la rama en si misma, pero que realmente no ha trascendido a niveles de alarma general.


Dentro de los argumentos puestos a jugar por el gobierno se encuentra la posibilidad de la libertad por vencimiento de términos de 'muchas de personas sindicadas de delitos relacionados con los trágicos hechos de la toma del Palacio de Justicia, secuestro y otros graves delitos.', como si de una gran cantidad de personas se tratase, cuando se refiere específicamente a Arias Cabrales; o poniendo de nuevo en el centro del espectáculo la infausta muerte del niño Luis Santiago Lozano, con lo que se puede interpretar que todo ese andamiaje mediático con su asesinato, no fue con otro objetivo que generarle una alarma nacional al paro judicial, para deslegitimarlo y poder adoptar las medidas ya vistas; de todas maneras el decreto de conmoción tiene una vigencia de 90 días, que seguramente serán prorrogados por otros tantos ante la imposibilidad de llegar a algún acuerdo entre dos partes que se hallan totalmente distantes en la mesa de negociación.